7. Creación del Imperio Colonial: Formas de Colonización de América (siglos XVI y XVII).

Tras el Descubrimiento de América por Cristóbal Colón el 12 de octubre de 1492 la isla de Guanahaní (San Salvador) en el archipiélago de las Bahamas. Después, descubrió Colón Cuba y La Española (Haití) y emprendió el regreso a la península Ibérica en 1493.

Ante el éxito de la expedición, Colón realizó tres viajes más a los nuevos territorios entre 1493 y 1504, llegando a la desembocadura del Orinoco, aunque murió convencido de haber llegado a las Indias. La confirmación de que se trataba de un nuevo continente la proporcionó Américo Vespucci en 1499. A partir de este momento se inicia una conquista sistemática del territorio en nombre de la Corona de Castilla (posteriormente de la Monarquía Hispánica).

En la Conquista de América se señalan tres grandes fases:

1ª- hasta 1515, en la que se ocupa mediante capitulaciones Las Antillas Mayores (La Española, Puerto Rico, Cuba, Jamaica, llegando a Florida.

2ª-  Desde 1519 se organizan expediciones que incorporan inmensos territorios a la Corona. Destacan la conquista del Imperio Azteca por Hernán Cortés (1519-20) y del Imperio Inca por Francisco de Pizarro (1532-3).

3ª- Desde estos territorios se emprende la ocupación de otras zonas desde 1535: Almagro descubrió Chile y atravesó los Andes (1535), Pedro de Valdivia fundó Santiago de Chile (1541) y en 1548 se funda La Paz. Pedro de Mendoza funda Buenos Aires en 1536, desde donde se ocupó, a partir de 1580, el Río de la Plata y el Sur del continente.

Hacia fines del siglo cesan las expediciones de conquista, pero no las de exploración, como las misiones franciscanas establecidas en California, Nuevo Méjico y Texas o las reducciones (poblaciones estables en las que eran cristianizados los indígenas en una forma respetuosa con sus tradiciones) jesuitas en Bolivia y Paraguay

La administración y colonización de América se llevó a cabo a través de una serie de instituciones:

a.- Tanto a Colón, como luego a los grandes conquistadores como Hernán Cortés o Francisco Pizarro, la corona les otorgó capitulaciones de descubrimiento y conquista. Las capitulaciones son documento en el que se concedía licencia a un particular para conquistar un territorio determinado, asumiendo todos los gastos de la expedición, en nombre de la Corona. Les otorgaba amplios poderes (eran  gobernadores con plena autoridad militar, político-administrativa y militar), de forma que los mismos conquistadores ejercieron los primeros sistemas de control y explotación efectiva del territorio

Tras los primeros conflictos entre los colonizadores y con los indígenas, la corona aprovechó para recuperar el control efectivo sobre la conquista y colonización, mediante nuevas instituciones.

b.- Los asuntos americanos se llevaban desde España a través de dos instituciones para ejercer el control directo de la monarquía de la explotación y colonización de las Indias:

  • La Casa de Contratación de Sevilla, fundada en 1503 por los Reyes Católicos, tenía como cometido organizar y controlar todo el comercio y la navegación con América: inspección de navíos, recaudación de impuestos, elaboración de mapas, etc.
  • El Consejo de Indias, creado en 1524 por Carlos I, tenía jurisdicción sobre todos los territorios y organismos americanos y entre cuyas funciones estaban las de elaborar la legislación de Indias, nombrar cargos y fiscalizar los asuntos económicos americanos.

c.- La administración territorial en América:

El territorio americano se dividió en virreinatos, circunscripciones de rango superior. Se crearon dos virreinatos: el de Nueva España, con capital en México, por Carlos I en 1535; y el de Perú, con capital en Lima, en 1542. Los virreyes tenían amplios poderes (político-administrativos,  militares y judiciales) en su calidad de representantes del rey. Ya en el siglo XVIII, el territorio de este virreinato se dividirá creándose en 1717 el Virreinato de Nueva Granada y en 1776 el Virreinato de Río de la Plata.

Las gobernaciones eran circunscripciones equivalentes a provincias, regidas por un gobernador subordinado al virrey.

Las Audiencias eran tribunales superiores de justicia, además con funciones gubernativas.

Los corregimientos, similares a las gobernaciones pero en distritos más pequeños, que muchas veces se reducían a una ciudad y su hinterland. Las zonas rurales con población indígena eran gobernadas por los corregidores de indios, que a las atribuciones políticas y judiciales sumaban las fiscales, al controlar la recaudación de tributos indígenas.

En la administrativa local  se van a trasladar las instituciones castellanas, reproduciendo el funcionamiento de los municipios o cabildos, tanto en las ciudades preexistentes como en las fundadas por los españoles.

d.- Las instituciones propiamente indianas.

Desarrolladas por peninsulares los criollos (descendientes de peninsulares) para el control y explotación de los recursos.

Destacan la encomienda (entrega de cierto número de indios a un encomendero para su educación religiosa  y protección  a cambio de trabajo o tributos) y los repartimientos (asignación de población indígena a un español para el trabajo en el campo). 

También se utilizaron métodos usados por los grandes imperios precolombinos como la mita (trabajo obligatorio realizado por los indígenas para el Inca, que derivó en el trabajo de la explotación de las) y la minca (trabajo gratuito realizado por los indígenas para la comunidad).

Todas estas instituciones, especialmente las encomiendas, provocaron la servidumbre o semiesclavitud de los indios (los Reyes Católicos prohibieron la esclavitud de los indios considerándolos súbditos directos de la Corona, aunque de facto la encomienda era una forma de semiesclavitud) y provocaron opiniones en contra de algunos monjes dominicos, como Fray Bartolomé de las Casas o Francisco de Vitoria. Se promulgaron varias leyes para proteger a la población indígena. Así, las Leyes de Burgos (1512) o las Leyes Nuevas de Indias (1542)  que  prohibieron esclavizar a los indios, su explotación, les convertían en súbditos de la Corona y abolieron las encomiendas, que dejaron de ser hereditarias y debían desaparecer a la muerte de los encomenderos actuales. Una sublevación de los colonos del Perú   provocó en 1545 que se bloqueara la eliminación de las encomiendas hereditarias.

Estas leyes, al proteger a los indígenas, provocaron la llegada de esclavos africanos a las encomiendas.